Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 586 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo II

- Convenio preliminar a la amigable composición por arbitrador. Las partes con capacidad procesal, que tengan pretensiones opuestas, pueden pactar que sus diferencias que sean reguladas por el derecho privado, con exclusión del derecho de familia, sean resueltas por arbitrador

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial