Artículo 534 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo IV
- Plazo para interponer la apelación. El plazo improrrogable para interponer el recurso de apelación será de:
I.- Cinco días si se trata de sentencia definitiva;
II.- Tres días para sentencias interlocutorias y autos.
III.- Dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que legalmente haya quedado notificada la sentencia, cuando el emplazamiento se hubiere hecho por medio de edictos y el juicio se hubiere seguido en rebeldía; o en cualquier otro caso en que la sentencia se notifique por edictos
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial