Artículo 512 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo XIX
Sentencias que causan ejecutoria por ministerio de la Ley. Causan ejecutoria por ministerio de la Ley:
I.- Las que no admiten ningún recurso;
II.- Las que dirimen o resuelven una competencia;
III.- Las sentencias que homologuen los convenios o decisiones de las partes, según el Artículo 510 de este Código; y, IV.- Las demás que se declaren irrevocables por prevención expresa de la Ley
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial