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Artículo 506 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo XVII

Efectos y alcance de la sentencia. En los puntos resolutivos de la sentencia se determinarán con precisión los efectos y alcance de la resolución. Si hubiere partes excluyentes o adhesivas, terceristas llamados a juicio o litisconsorcio, la sentencia determinará los efectos para cada uno de ellos.

En las sentencias declarativas o constitutivas se fijará la fecha a la que se retrotrae el fallo, en caso de que deba tener ese efecto.

Las sentencias en que se hubiere ordenado adoptar medidas preventivas, cautelares o provisionales, quedarán sujetas a lo que se resuelva en la definitiva, que deberá expresarlo en sus puntos resolutivos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial