Artículo 497 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo XV
Inversión de la carga de la prueba. En los supuestos de presunciones legales relativas, que admiten prueba en contrario opera la inversión de la carga de la prueba, para demostrar contra los supuestos y contenido de la presunción.
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial