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Leyes Descargar AYA

Artículo 460 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo XI

- Aceptación del cargo por los peritos. Una vez nombrados los peritos por el Juez y las partes, se les notificará el auto para que concurran al Juzgado a aceptar y protestar el cargo conferido, el Tribunal los instruirá sobre las cuestiones objeto de la prueba para que emitan su dictamen, el que deberá rendirse con anticipación a la audiencia de recepción y desahogo de pruebas, o bien durante ésta

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial