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Leyes Descargar AYA

Artículo 397 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo IV

Del ofrecimiento de informe de autoridad. Las partes pueden pedir que por vía de prueba, el Juzgado solicite a cualquier autoridad informe sobre algún hecho, constancia o documento que obre en sus archivos de los que hayan tenido conocimiento por razón de la función que desempeñan y que se relacione con la materia del litigio.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial