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Leyes Descargar AYA

Artículo 329 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo VIII

Resolución que decreta el embargo preventivo. El auto que decrete el embargo precautorio expresará además de la motivación de la providencia; la caución que deba otorgar el solicitante para garantizar los daños y perjuicios que se causen al deudor y a terceros. Designará con precisión los límites del secuestro, tomando las precauciones especiales para una mayor seguridad del depósito, para la administración de los bienes embargados y para impedir la divulgación de secretos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial