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Leyes Descargar AYA

Artículo 811 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo I

Para que pueda producir efectos contra terceros el secuestro de un bien raíz o de alguna negociación agrícola, comercial o industrial o de muebles, si estos últimos son susceptibles de identificarse de manera indubitable, y el correspondiente nombramiento de depositario será preciso que se inscriba en el Registro Público de la Propiedad Raíz y del Comercio en el Estado, según proceda

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Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial