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Leyes Descargar AYA

Artículo 697 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo III

Se concede el recurso de queja, en contra de los actuarios y secretarios ante el Juez. Contra los primeros sólo por exceso o defecto de las ejecuciones y contra los segundos, por omisiones y negligencias en el desempeño de sus funciones.

(REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 2 DE OCTUBRE DE 2009

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

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Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial