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Leyes Descargar AYA

Artículo 1139 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo XII

Hecha la solicitud, se señalará día y hora para el examen de los testigos que hayan concurrido al otorgamiento.

Para la información se citará al Agente del Ministerio Público, quien tendrá obligación de asistir a las declaraciones de los testigos y repreguntarlos para asegurarse de su veracidad.

Los testigos declararán, separadamente, al tenor del interrogatorio respectivo que se sujetará estrictamente a lo dispuesto en el artículo 740 del Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial