Artículo 19 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero
Capítulo I
- Inmutabilidad de la competencia. No influyen, sobre la competencia, los cambios en el estado de hecho que tengan lugar después de verificado el emplazamiento
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- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial