Artículo 704-C Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato
Capítulo UNICO
Presentado el escrito de demanda, acompañado del documento base de la acción y de los documentos justificativos de la personalidad del actor, el Juez dentro del término de tres días, si encuentra que se reúnen los requisitos fijados por los artículos anteriores, la admitirá y mandará inscribirla en el Registro Público de la Propiedad del lugar de la ubicación del inmueble hipotecado.
(DEROGADO SEGUNDO PÁRRAFO, P.O. 14 DE JULIO DE 2017)
(ADICIONADO, P.O. 19 DE NOVIEMBRE DE 2002
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial