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Leyes Descargar AYA

Artículo 599-A Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato

Capítulo II

Después de que haya causado estado la resolución en que se reconozcan como herederos y legatarios a los que estén nombrados en el testamento en las porciones que les correspondan, podrá decretarse la adjudicación del acervo hereditario en los términos señalados en el testamento, si en lo conducente se reúnen los requisitos establecidos por el artículo 616-A.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial