Artículo 693 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Durango
Capítulo I
En el auto a que se refiere el artículo anterior, mandará el tribunal poner a la disposición del apelante, los autos por seis días en la Secretaría, para que exprese agravios. Del escrito de expresión de agravios, se corre traslado a la contraria por otros seis días durante los cuales estarán los autos a disposición de ésta para que se imponga de ellos.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial