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Leyes Descargar AYA

Artículo 379 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Durango

Capítulo V

Presunción es la consecuencia que la Ley o el juez deduzca de un hecho conocido para averiguar la verdad de otro desconocido; la primera se llama legal y la segunda humana

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial