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Leyes Descargar AYA

Artículo 612 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Colima

Título OCTAVO

Los albaceas necesitan del consentimiento unánime de los herederos para comprometer en árbitros, salvo el caso en el que se tratara de cumplimentar el compromiso o cláusula compromisoria pactados por el autor. En este caso, si no hubiere árbitro nombrado se hará necesariamente con intervención judicial.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial