Artículo 453 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Colima
Capítulo III
Los juicios ejecutivos contendrán siempre dos secciones: la del principal conteniendo la demanda, la contestación, el juicio y su sentencia.
La segunda sección contendrá el auto de ejecución y todo lo relativo a éste, a la depositaria y sus incidentes, a la mejora y reducción del embargo, al avalúo y remate de los bienes, lo cual aun cuando sean dos secciones, todo debe formar un mismo cuaderno
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial