Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 959 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Capítulo TERCERO

Facultades del juzgador para resolver cuestiones relacionadas con el embargo.

El juzgador tendrá las más amplias facultades para resolver los problemas que se presenten respecto de la subsistencia, reducción o ampliación del embargo, y para tomar de plano todas las medidas que se requieran para que se lleve a cabo la ejecución en forma adecuada a efecto de que se cumpla en sus términos la ejecución decretada, cuidando en lo posible se causen perjuicios innecesarios al ejecutante, al ejecutado o a terceras personas

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial