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Leyes Descargar AYA

Artículo 849 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Capítulo PRIMERO

Recursos.

Para impugnar las resoluciones judiciales se conceden los siguientes recursos:

I. Reconsideración.

II. Apelación.

III. Queja.

(REFORMADO, P.O. 22 DE SEPTIEMBRE DE 2017)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial