Artículo 791 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Capítulo SEGUNDO
Contenido del convenio.
El convenio arbitral deberá expresar la voluntad inequívoca de las partes de someter la solución de todas las cuestiones litigiosas o de algunas de estas cuestiones, surgidas o que puedan surgir de relaciones jurídicas determinadas, sean o no contractuales, a la decisión de uno o más árbitros, así como expresar la obligación de cumplir tal decisión
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