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Leyes Descargar AYA

Artículo 492 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Capítulo DECIMO

Ofrecimiento de la prueba.

La parte que ofrezca esos medios de prueba deberá indicar los hechos y circunstancias que desea probar y ministrar al tribunal los aparatos o elementos necesarios para que pueda apreciar el valor de los registros y reproducirse los sonidos, figuras, experimentos o reconstrucciones

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial