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Leyes Descargar AYA

Artículo 218 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Capítulo TERCERO

Notificación por lista de acuerdos.

Si las partes o sus procuradores, patronos o autorizados no concurren al tribunal a notificarse en los días señalados en el artículo 215, las notificaciones se darán por hechas y surtirán sus efectos a partir de las catorce horas del tercer día al en que se haya fijado la lista en el tablero de avisos del tribunal o juzgado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial