Artículo 145 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Capítulo PRIMERO
Actos del tribunal y de sus colaboradores.
Los actos procesales del tribunal o juez y de sus colaboradores constituyen manifestaciones de la función pública y se hallan dominados por los principios que regulan la producción de actos jurídicos de derecho público.
Estos actos, desarrollados dentro de los limites de las atribuciones conferidas por la ley, producen fe plena
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