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Leyes Descargar AYA

Artículo 810 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México)

Capítulo III

- Los que comparezcan a consecuencia de dichos llama mientos, deberán expresar, por escrito, el grado de parentesco en que se halle n con el causante de la herencia, justificándolo con los correspondientes documentos, acompañados del árbol genealógico. Estos escritos y documentos se unirán a la sección de sucesión por el orden en que se vayan presentado

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial