Artículo 364 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua
Qué cambió entre versiones
- Primer registro
- Cambió
- Sin cambios
Cambios de este artículo
Comparas el texto del 15 de mayo de 2026 con el del 27 de julio de 2026, que es el vigente.
2 párrafos cambiaron 12 palabras agregadas 20 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 15 de mayo de 2026. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 27 de julio de 2026. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 15 de mayo de 2026; a la derecha, el del 27 de julio de 2026.
Hay cosa juzgada cuando la sentencia causa ejecutoria. Causan ejecutoria por disposición de ley:
Cambio 1 · Cambió
I. Las sentencias pronunciadas en juicios cuyo interés no exceda de 500 Unidades de Medida y Actualización; [Fracción reformada mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado en el P.O.E. No. 15 del 22 de febrero de 2017]
II. Las sentencias de segunda instancia;
Antes
I. Las sentencias pronunciadas en juicios cuyo interés no exceda de 500 Unidades de Medida y Actualización; [Fracción reformada mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado en el P.O.E. No. 15 del 22 de febrero de 2017] II. Las sentencias de segunda instancia;
Ahora
I. Las sentencias pronunciadas en juicios cuyo interés no exceda de 500 Unidades de Medida y Actualización;
II. Las sentencias de segunda instancia;
2 párrafos sin cambios
III. Las que diriman o resuelvan una competencia; y,
IV. Las demás que se declaren irrecurribles por prevención expresa de la ley.
Cambio 2 · Párrafo nuevo
[Artículo reformado en la fracción I mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E.
Antes
Este párrafo no existía.
Ahora
[Artículo reformado en la fracción I mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E.
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.