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Leyes Descargar AYA

Artículo 295 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua

Capítulo V

Son documentos los elementos que por su naturaleza objetiva consignan en sí mismos la memoria de un hecho, acto o acontecimiento mediante el empleo de lenguaje escrito o de una imagen impresa.

Por su origen, los documentos son públicos o privados.

Los documentos públicos son aquellos autorizados por funcionarios o depositarios de fe pública dentro de los límites de su competencia, con las solemnidades y formalidades prescritas por la ley.

Por exclusión, son documentos privados los que otorgan los particulares sin la intervención de funcionarios o depositarios de fe pública y en general, todos aquellos que no están comprendidos en el siguiente artículo

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial