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Leyes Descargar AYA

Artículo 121 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua

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  1. 15 may a 27 jul 2026+13 −21 palabrasLo estás viendo

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Son correcciones disciplinarias:

I. El apercibimiento;

Cambio 1 · Cambió

II. La multa de hasta 100 Unidades de Medida y Actualización; y, [Fracción reformada mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado en el P.O.E. No. 15 del 22 de febrero de 2017]

III. Expulsión del recinto judicial o del lugar donde se celebre la audiencia. En casos extremos, la audiencia podrá continuar en privado. Para estos efectos, las autoridades policiacas deberán prestar auxilio a los órganos jurisdiccionales cuando lo soliciten.

Antes

II. La multa de hasta 100 Unidades de Medida y Actualización; y, [Fracción reformada mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado en el P.O.E. No. 15 del 22 de febrero de 2017] III. Expulsión del recinto judicial o del lugar donde se celebre la audiencia. En casos extremos, la audiencia podrá continuar en privado. Para estos efectos, las autoridades policiacas deberán prestar auxilio a los órganos jurisdiccionales cuando lo soliciten.

Ahora

II. La multa de hasta 100 Unidades de Medida y Actualización; y,

III. Expulsión del recinto judicial o del lugar donde se celebre la audiencia. En casos extremos, la audiencia podrá continuar en privado. Para estos efectos, las autoridades policiacas deberán prestar auxilio a los órganos jurisdiccionales cuando lo soliciten.

Cambio 2 · Cambió

La multa, tratándose de obreros o jornaleros, no deberá exceder del importe de su jornal o sueldo en una semanasemana.

Antes

La multa, tratándose de obreros o jornaleros, no deberá exceder del importe de su jornal o sueldo en una semana

Ahora

La multa, tratándose de obreros o jornaleros, no deberá exceder del importe de su jornal o sueldo en una semana.

Cambio 3 · Párrafo nuevo

[Artículo reformado en la fracción II mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E.

Antes

Este párrafo no existía.

Ahora

[Artículo reformado en la fracción II mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E.

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