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Leyes Descargar AYA

Artículo 809 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo II

- La apelación interpuesta contra autos y resoluciones interlocutorias, sólo procede en el efecto devolutivo, salvo en los casos en que la ley disponga otra cosa

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial