Artículo 772 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Baja California
Capítulo I
La tercera sección se llamará de administración, y contendrá:
I.- Todo lo relativo a la administración;
II.- Las cuentas, su glosa y calificación;
III.- La comprobación, en su caso, de haberse cubierto el impuesto fiscal.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California. Documento oficial