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Leyes Descargar AYA

Artículo 900 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Baja California Sur

Capítulo III

Para la venta de acciones y títulos de renta se concederá la autorización sobre la base de que no se haga por menor valor del que se cotice en la plaza el día de la venta y por conducto del corredor titulado, y si no lo hay, de comerciante establecido y acreditado

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial