Artículo 666-D Código de Procedimientos Civiles del Estado de Baja California Sur
Capítulo IV
La instancia concluirá sin sentencia:
I. Si hubiere inactividad total de las partes en el proceso por más de seis meses, y
II. Si se demuestra la reconciliación de los cónyuges en cualquier estado del juicio, mientras no se hubiese dictado sentencia ejecutoria.
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Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial