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Leyes Descargar AYA

Artículo 666-D Código de Procedimientos Civiles del Estado de Baja California Sur

Capítulo IV

La instancia concluirá sin sentencia:

I. Si hubiere inactividad total de las partes en el proceso por más de seis meses, y

II. Si se demuestra la reconciliación de los cónyuges en cualquier estado del juicio, mientras no se hubiese dictado sentencia ejecutoria.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial