Artículo 862 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes
Capítulo VI
En la audiencia de juicio que se desahogarán las pruebas, y se resolverá de plano en caso de que hubiere habido oposición a la adopción. Concluido el desahogo de pruebas, el juez recibirá alegatos de manera oral o por escrito dentro de la misma audiencia, debiendo dictar su sentencia a más tardar en los tres días siguientes.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial