Artículo 733 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes
Capítulo V
Aprobados el inventario y el avalúo de los bienes y resueltas las cuestiones a que uno y otro hubieren dado lugar se procederá a la liquidación del caudal.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial