Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 240 Ter Código Penal del Estado de Yucatán

Qué cambió entre versiones

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió

Cambios de este artículo

  1. 15 may a 19 oct 2026+20 −77 palabrasLo estás viendo

Comparas el texto del 15 de mayo de 2026 con el del 19 de octubre de 2026, que es el vigente.

5 párrafos cambiaron 20 palabras agregadas 77 palabras quitadas

Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.

Ir al primer cambio

Cambio 1 · Cambió

ConAl losujeto dispuestoactivo endel eldelito artículode anterior,acecho se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa de quinientos a mil Unidades de Medida y Actualización apor quien,la comisión de manera insistente y reiterada, lleve a cabo cualquiera de las conductas siguientes:

IV. Intercepte a la víctimaprevistas en lugaresel dondeartículo la240 victimaBis. Párrafo frecuenta.reformadoDO28-07-2026

Antes

Con lo dispuesto en el artículo anterior, se impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa de quinientos a mil Unidades de Medida y Actualización a quien, de manera insistente y reiterada, lleve a cabo cualquiera de las conductas siguientes:

IV. Intercepte a la víctima en lugares donde la victima frecuenta.

Ahora

Al sujeto activo del delito de acecho se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa de quinientos a mil Unidades de Medida y Actualización por la comisión de cualquiera de las conductas previstas en el artículo 240 Bis. Párrafo reformado DO 28-07-2026

Cambio 2 · Párrafo quitado

I. Vigile, monitoree u observe a la víctima.

Antes

I. Vigile, monitoree u observe a la víctima.

Ahora

Este párrafo se quitó.

Cambio 3 · Párrafo quitado

II. Persiga o busque su cercanía física.

Antes

II. Persiga o busque su cercanía física.

Ahora

Este párrafo se quitó.

Cambio 4 · Párrafo quitado

III. Establezca o intente establecer contacto con la persona a través de cualquier tipo de medio de comunicación o por interpósita persona.

Antes

III. Establezca o intente establecer contacto con la persona a través de cualquier tipo de medio de comunicación o por interpósita persona.

Ahora

Este párrafo se quitó.

Cambio 5 · Párrafo quitado

V. Obtenga y utilice la información personal de la victima de manera invasiva.

Antes

V. Obtenga y utilice la información personal de la victima de manera invasiva.

Ahora

Este párrafo se quitó.

Las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieren corresponder a otros delitos cometidos en concurso aplicando las reglas según corresponda. Artículo adicionado DO 24-12-2025

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

Volver al texto vigente