Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 72 Código Penal del Estado de Veracruz

Capítulo X

Si el delito por el que se impuso la publicación de sentencia fue cometido valiéndose de un medio de comunicación masiva, además de la publicación a que se refiere el artículo anterior, se hará también en el medio utilizado al cometer el delito, con las mismas características que en este acto se tomaron en cuenta.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial