Artículo 46 Código Penal del Estado de Veracruz
Capítulo II
Respecto a las personas morales, las penas son:
I. Pecuniaria;
II. Publicación de sentencia;
III. Suspensión;
VI. Disolución;
V. Prohibición de realizar determinadas operaciones o negocios;
VI. Intervención; y
VII. Decomiso y aplicación de los instrumentos y objetos del delito.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial