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Artículo 375 Código Penal del Estado de Tlaxcala

Capítulo ÚNICO

Cambió en el cotejo del 27 de julio de 2026. Ver qué cambió

Se impondrán de uno a tres años de prisión y multa de cien a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien atente en contra de la dignidad humana, ya sea por su origen étnico, nacionalidad, género, embarazo, el puerperio, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, orientación sexual, estado civil, o cualquier otra que tenga por objeto anular, restringir o menoscabar los derechos y libertades de las personas:

I. Provoque o incite al odio o a la violencia;

II. Veje, injurie o excluya a alguna persona o grupo de personas; (REFORMADA, P.O. 05 DE JUNIO DE 2026) III. Niegue o restrinja derechos laborales en el acceso, permanencia o ascenso a un puesto, cargo o comisión, y IV. Niegue a una persona un servicio o una prestación a la que tenga derecho. Para los efectos de esta fracción, se considera que toda persona tiene derecho a los servicios o prestaciones que se ofrecen al público en general. Iguales penas se impondrá al servidor público que niegue o retarde a una persona un trámite, servicio o prestación al que tenga derecho y además se le impondrá destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta. (ADICIONADO, P.O. 27 DE ABRIL DE 2020) Cuando las conductas a que se refiere este artículo sean cometidas en contra de cualquier persona que en términos de la Ley de la materia, participe o se dedique a la prestación de servicios de salud, durante el período que comprenda alguna epidemia, riesgo o emergencia sanitaria, la pena de prisión se incrementará en una mitad y la multa hasta cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. TÍTULO VIGÉSIMO PRIMERO DELITOS CONTRA EL RESPETO A LOS CADÁVERES O RESTOS HUMANOS

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió
  4. Sin cambios

Este artículo cambió una vez en 2026; la última, en el cotejo del 27 de julio de 2026. Toca un cambio para ver qué se quitó y qué se agregó.

  1. 5 dic 2025 a 27 jul 2026+32 −24 palabras

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial