Artículo 373 Código Penal del Estado de Tlaxcala
Capítulo II
En cualquier momento, el Ministerio Público podrá solicitar a la autoridad judicial, la aplicación de medidas de protección para la víctima y esta última resolverá sin dilación.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial