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Leyes Descargar AYA

Artículo 102 Código Penal del Estado de Tamaulipas

Capítulo X

En los casos previstos en este Código, a las personas que padezcan discapacidad intelectual, a quienes se aplique reclusión, podrán ser entregados a quienes corresponda hacerse cargo de ellos, siempre que se otorgue caución por la cantidad que la autoridad a quien corresponda ejecutar la medida que estime pertinente, para garantizar el daño que se pudiere causar, por no haberse tomado las precauciones necesarias para su vigilancia.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial