Artículo 288 Código Penal del Estado de Tabasco
Capítulo III
Al que para obtener una resolución judicial o administrativa contraria a la ley, de la que derive algún perjuicio o beneficio indebidos, simule un acto jurídico o escrito judicial o altere algún elemento de prueba o realice cualquier otro acto tendiente a inducir a error a la autoridad, se le impondrá prisión de seis meses a cinco años y multa de cincuenta a cuatrocientos días multa.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial