Artículo 82 Código Penal del Estado de Querétaro
Capítulo VII
En caso de concurso real, la pena aplicable será la suma de las que correspondan a los delitos cometidos, sin que exceda de los límites señalados en el Título Tercero.
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Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial