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Artículo 150 BIS Código Penal del Estado de Querétaro

Capítulo II

- Independientemente de las sanciones que correspondan en los términos del artículo 150 de este código y fuera de las causas de exclusión del delito previstas por la ley, se sancionará con una pena de uno a ocho años de prisión y de doscientos a setecientos cincuenta días multa, al que: (Adición P. O. No. 52, 19-XII-96)

I. Actúe como intermediario en las negociaciones del rescate, sin el acuerdo de quienes representen o gestionen en favor de la víctima; (Adición P. O. No. 52, 19-XII-96)

II. Colabore en la difusión pública de las pretensiones o mensajes de los secuestradores, fuera del estricto derecho a la información; (Adición P. O. No. 52, 19-XII-96)

III. Actúe como asesor de quienes representen o gestionen en favor de la víctima, y evite informar o colaborar con la autoridad competente en el conocimiento de la comisión del secuestro; (Adición P. O. No. 52, 19-XII-96)

IV. Aconseje el no presentar la denuncia del secuestro cometido, o bien el no colaborar o el obstruir la actuación de las autoridades; (Adición P. O. No. 52, 19-XII-96)

V. Efectúe el cambio de moneda nacional por divisas, sabiendo que es con el propósito directo de pagar el rescate a que se refiere la fracción I del artículo anterior, y (Adición P. O. No. 52, 19-XII-96)

VI. Intimide a la víctima, a sus familiares hasta el segundo grado o a sus representantes o gestores, durante o después del secuestro, para que no colaboren con las autoridades competentes. (Adición P. O. No. 52, 19-XII-96)

No se aplicará sanción alguna a quien, habiendo realizado las conductas previstas en las fracciones III y IV de este artículo, sea ascendiente o descendiente consanguíneo o por adopción, cónyuge, concubina o concubinario o pariente colateral por consanguinidad hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo, o que esté ligado al secuestrado por amor, respeto, gratitud o estrecha amistad. (Adición P. O. No. 52, 19-XII-96)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de enero de 2026.

Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial