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Leyes Descargar AYA

Artículo 412 SEXIES Código Penal del Estado de Oaxaca

Capítulo VI

A quien esté a cargo del cuidado de una persona adulta mayor y cometa sobre ella algún tipo de violencia, se le incrementará hasta en un tercio la sanción establecida en el artículo que antecede. (Artículo adicionado mediante decreto número 1800, aprobado por la LXV Legislatura del Estado el 21 de febrero del 2024, publicado en el Periódico Oficial número 9 Décimo Quinta sección de fecha 2 de marzo del 2024)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 22 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial