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Leyes Descargar AYA

Artículo 238 Código Penal del Estado de Michoacán

Capítulo I

Servidor público.

Son servidores públicos los integrantes, funcionarios y empleados de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Órganos Constitucionales Autónomos y gobiernos municipales, incluyendo en éstos últimos y en el Poder Ejecutivo a su administración pública centralizada, paraestatal, desconcentrada y de participación general y todos aquellos en que cualquier autoridad directa o indirectamente intervenga, independiente de la denominación que se le otorgue.

Así mismo, serán responsables de los delitos contenidos en este título quienes no teniendo la categoría de servidores públicos sean autores, partícipes o que concurran en delito emergente.

(REFORMADO, P.O. 18 DE JULIO DE 2017)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Gobierno del Estado de Michoacán (portal oficial michoacan.gob.mx). Documento oficial