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Artículo 195 bis Código Penal del Estado de Michoacán

Capítulo II

Los delitos previstos en este Capítulo serán perseguidos por querella, pero se procederá de oficio en el delito de violencia digital a la intimidad sexual cuando concurra violencia física, psicológica o verbal por cualquier medio de comunicación, cuando las víctimas sean personas menores de edad o no tengan capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo. Las penas para los delitos previstos en este Capítulo se aumentarán hasta en una mitad de la máxima considerada cuando:

I. El delito sea cometido por una persona con la que la víctima tenga o haya tenido alguna relación de afectividad, amistad o convivencia en el ámbito familiar;

II. Exista una relación de convivencia en el ámbito laboral, educativo o institucional, entre el sujeto activo y la víctima;

III. Se cometa en contra de una persona menor de edad, o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo, o que se encuentre en situación de vulnerabilidad por su condición social, cultural, económica o étnica;

IV. Cuando las imágenes, audios, videos o datos se hayan obtenido a través de robo, acceso no autorizado o intervención de comunicaciones o de archivos privados;

V. Cuando el sujeto activo aproveche su empleo, cargo o comisión para cometer el delito; o,

VI. Cuando medie amenaza para capturar u obtener las imágenes, audios, videos o datos. En todo caso, la autoridad investigadora o jurisdiccional, en el ámbito de su competencia, solicitará u ordenará el retiro y eliminación inmediata de la publicación de las imágenes, audios, videos o datos no autorizados a la empresa de comunicación, de prestación de servicios digitales o informáticos, servidores de internet, redes sociales, administrador o titular de la plataforma digital de que se trate.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Gobierno del Estado de Michoacán (portal oficial michoacan.gob.mx). Documento oficial