Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 15 Código Penal del Estado de Michoacán

Capítulo IV

Principios de especialidad, consunción y subsidiariedad

Cuando una misma materia aparezca regulada por diversas disposiciones la especial prevalecerá sobre la general.

Las reglas generales que establece este Código serán aplicadas a los tipos penales en leyes especiales.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Gobierno del Estado de Michoacán (portal oficial michoacan.gob.mx). Documento oficial