Artículo 266 Código Penal del Estado de Jalisco
Capítulo I
Los delitos electorales, las sanciones, la distribución de competencias y las formas de coordinación entre los órganos de gobierno se estará a lo dispuesto por la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
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Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial