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Leyes Descargar AYA

Artículo 99 Código Penal del Estado de Hidalgo

Qué cambió entre versiones

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Cambió

Del texto del 24 de octubre de 2025 al del 19 de octubre de 2026.

El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 24 de octubre de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.

15 palabras agregadas 1 palabras quitadas

- Independientemente de la reparación de los daños y perjuicios, cuando culposamente se ocasione únicamente daño en propiedad ajena, se aplicará la mitad de la punibilidad pecuniaria prevista por el artículo 203 de este Código, conforme al monto del daño causado. Si el daño en la propiedad es causado bajo el influjo de bebidas alcohólicas, se impondrá también al responsable, la suspensión de su licencia vigente para conducir vehículos automotores expedida por cualquier instancia o la inhabilitación para obtenerla, suspensión o inhabilitación que podrá ser por una temporalidad de dos a diez años.

Cuando culposamente y con motivo del tránsito de vehículos se causen lesiones cualquieracualesquiera que sea su naturaleza, sólo se procederá a petición de la víctima, del ofendido o de su representante, siempre que el conductor no se hubiese encontrado en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o cualquier otra sustancia que produzca efectos similares, o no se haya dejado abandonada a la víctima. Párrafo reformado P.O. Alcance dos del 6 de agosto de 2026.

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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