Artículo 202 ter Código Penal del Estado de Hidalgo
Qué cambió entre versiones
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Del texto del 24 de octubre de 2025 al del 19 de octubre de 2026.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 24 de octubre de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.
12 palabras agregadas 141 palabras quitadas
Se le impondrá de uno a tres años de prisión y multa de 150 a 300 días, a quien obligue a otro a recibir una terapia de conversión o la imparta sin el consentimiento de la persona.DEROGADO
Se entiendo por terapia de conversión, aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tenga por objeto anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género, o la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física o psicológica.
La punibilidad se aumentará en una mitad más, cuando la víctima del delito sea una persona menor de edad, adulta mayor o persona que no tenga la capacidad de comprender el hecho.
Este delito se perseguirá por querella cuando la víctima fuere mayor de edad con capacidad para comprender el significado del hecho y posibilidad para resistirlo. Artículo adicionado P.O. Alcance uno del 27 de junio de 2022. Artículo derogado P.O. Alcance dos del 6 de agosto de 2026.
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.